Valoración psicológica en custodia y cuidado personal

Evaluación de las competencias parentales y de las necesidades del niño, niña o adolescente, para aportar al despacho elementos técnicos sobre su interés superior.

¿Cuándo se requiere?

En los procesos de custodia, cuidado personal y regulación de visitas, el juez o el defensor de familia puede requerir un concepto técnico sobre las condiciones psicológicas de cada progenitor y sobre la relación del niño con su entorno. La opinión del niño debe ser escuchada (artículo 26 de la Ley 1098 de 2006), pero no sustituye una evaluación integral.

Nuestro servicio

Qué incluye la valoración

Psicología jurídica beneficios – Colpericias S.A.S.

Cómo trabajamos

Partimos de las preguntas formuladas por la autoridad o por el solicitante. Siempre que es posible evaluamos a ambos progenitores y al niño, y elaboramos un informe que distingue hechos, hallazgos y conclusiones, sin emitir opiniones que correspondan al juez.

01 – Colpericias S.A.S.

Primer contacto

Revisamos la solicitud, el estado del proceso y las preguntas que debe responder la valoración.

02 – Colpericias S.A.S.

Evaluación de las partes

Entrevistas, observación de interacciones, pruebas psicométricas y revisión documental.

03 – Colpericias S.A.S.

Informe y sustentación

Informe pericial con los hallazgos sobre competencias parentales y necesidades del niño, y sustentación en audiencia cuando se requiera.

Preguntas frecuentes

Sí, pero el informe debe señalar esa limitación. Sin la evaluación de ambas partes no es técnicamente posible comparar competencias parentales, y así se indica en las conclusiones.

El informe describe hallazgos sobre competencias parentales, vínculos, riesgos y necesidades del niño. La decisión sobre la custodia corresponde exclusivamente a la autoridad.

Se usan entrevistas adaptadas a su edad, se evita la revictimización y se limita el número de sesiones a lo necesario.

Sí. En esos casos la evaluación incorpora una valoración específica del riesgo y de su impacto en el niño.